Fallo de tutela respecto a derecho de petición solicitado mediante redes sociales
En reciente fallo de tutela la Corte Constitucional manifestó que se puede presentar un derecho de petición por redes sociales.
El alto tribunal determinó que, según la ley 1755 de 2015. “Los medios electrónicos son canales idóneos para que los ciudadanos presenten solicitudes respetuosas a la administración “.
Esto, considerando que el tener una cuenta implica “una comunicación de doble dirección, incluso si una entidad afirma que los canales para recibir derechos de petición son otros. No obstante, la decisión se dirige principalmente a empresas e instituciones que hagan presencia en redes sociales. Debe tenerse en cuenta que estas peticiones estén dirigidas de manera respetuosa, identificando formalmente al peticionario, y debe tratarse de situaciones que puedan tramitarse a través del derecho de petición”.
Ahora que conoces que puedes interponer un derecho de petición por redes sociales. Recuerda que en Eljach Vergara Betancourt Abogados, la experiencia y el conocimiento no se improvisan.
